Aplicando el bono social o clientes vulnerables en tu factura

Hoy te explicamos cómo podemos estar aplicando el bono social o clientes vulnerables. Según una resolución de ley aprobada por parte del gobierno se regula la financiación del coste del bono social. En el momento de escribir éste artículo dicho bono social caduca el día 10 de abril de 2018 y pasa a llamarse, »clientes vulnerables». Existe una diferencia entre ellos dos:

  • Para el antiguo bono social simplemente se debía demostrar que los ingresos no eran superiores a 300€. En clientes vulnerables han cambiado los requisitos que se deben tener según Real Decreto 897/2017.
  • Debes solicitar el nuevo bono antes de 6 meses para beneficiarte de él. Podrás disfrutar de él aunque no cumplas los nuevos criterios.
  • El nuevo Bono Social dependerá de la renta de la persona.

Éste nuevo bono social llamado »clientes vulnerables» se establece en 3 categorías.

Consumidor Vulnerable | Consumidor Vulnerable Severo | Consumidor en Riesgo de Exclusión Social

Consumidor Vulnerable

Se debe estar acogido al Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) y el suministro para el que lo solicita, debe corresponder a la vivienda habitual.

Además se debe cumplir alguno de los siguientes requisitos:

  • Que su renta o la renta conjunta anual de la unidad familiar a que pertenezca sea:
    • ≤ 1,5 (*) IPREM de 14 pagas, si no hay ningún menor en la unidad familiar: 11.279€
    • ≤ 2 (*) IPREM de 14 pagas, en el caso de que haya 1 menor en la unidad familiar: 15.039€
    • ≤ 2,5 (*) IPREM de 14 pagas, en el caso de que haya 2 menores en la unidad familiar: 18.799€
  • Estar en posesión del título de familia numerosa.
  • Todos los miembros que tienen ingresos en la unidad familiar deben ser pensionistas del Sistema de la Seguridad Social (jubilación o incapacidad permanente), percibiendo por ello la cuantía mínima vigente en cada momento, para dichas clases de pensión, y no percibir otros ingresos.

Si reúne circunstancias especiales (minusvalía con discapacidad igual o superior al 33%, víctima de terrorismo o víctima de violencia de género) los límites anteriores se incrementan en 0,5 puntos.

Consumidor Vulnerable Severo

Cumplir los requisitos para ser considerado consumidor vulnerable, y además:

  • Percibir una renta anual ≤ 50% de los umbrales establecidos para ser considerado consumidor vulnerable, incluyendo, en su caso, el incremento previsto para los casos en los que concurran las «circunstancias especiales».
  • Si es una familia numerosa, la unidad familiar debe percibir una renta anual ≤ 2 (*) IPREM de 14 pagas: 15.039€.
  • Si es un Pensionista que percibe la pensión mínima, la unidad familiar debe percibir una renta anual ≤ 1 (*) IPREM de 14 pagas: 7.520€.

Consumidor en Riesgo de Exclusión Social

Reunir los requisitos para ser considerado vulnerable severo. Y, además ser atendido por los Servicios Sociales de una Administración Pública (autonómica o local) que financie al menos el 50 % del importe de su factura a PVPC previo a la aplicación del descuento por Bono Social. Los Servicios Sociales correspondientes tienen que acreditar el pago asumido en el plazo de 5 meses desde la emisión de la factura.

(*) IPREM (Indicador Público de Rentas Múltiples) = 7.519,59 €/año (Disposición Adicional 107ª de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado 2017)

Aplicando el bono social o clientes vulnerables.

Requisitos
Documentación Consumidor Vulnerable/Consumidor Vulnerable Severo
1. Fotocopia del DNI o NIE del titular del punto de suministro. Sí
2. Fotocopia del DNI o NIE de cada uno de los miembros de la unidad familiar a la que pertenece el titular para los que dicho documento sea obligatorio y, en su caso, de los menores de 14 años de edad de la unidad familiar que dispongan de él. Sí
3. Fotocopia del libro de familia de la unidad familiar del punto de suministro o en su caso certificación de la hoja individual del REGISTRO CIVIL del titular o de cada uno de los individuos de la unidad familiar. Sí
4. Certificado de empadronamiento en vigor del titular y de todos los miembros de la unidad familiar. Sí
5. Fotocopia del título de familia numerosa. SOLO NECESARIO EN CASO DE FAMILIAS NUMEROSAS
6. Certificado de los Servicios Sociales del órgano competente, o del que designe la comunidad autónoma, que acredite Circunstancias Especiales. SOLO NECESARIO EN CASO DE CUMPLIR CIRCUNSTANCIAS ESPECIALES

En la Comunidad Autónoma del País Vasco y la Comunidad Foral de Navarra no es de aplicación la herramienta informática que permite comprobar los requisitos de renta, por lo que con la solicitud hay que aportar la declaración de la renta o certificado de imputaciones de todos los miembros de la unidad familiar. En estas comunidades, las familias numerosas solo deben aportar esta documentación en el caso de solicitudes para ser vulnerable severo.

¿Cómo lo solicito?
  1. La solicitud se puede descargar aquí: Solicitud Bono Social [PDF] (*) o en los puntos de atención.
  2. La solicitudes se pueden presentar:
    • Por correo postal a:
      IBERDROLA Comercialización de Último Recurso S.A.U.
      Apartado de Correos 61.017
      28080 Madrid
    • En los Puntos de Atención
    • Vía web: cuando tenga la documentación, escanéela y adjúntela en el siguiente correo electrónico

(*) El modelo de solicitud en los casos donde no es de aplicación la herramienta informática  que permite comprobar los requisitos de renta (la Comunidad Autónoma del País Vasco y la Comunidad Foral de Navarra) el modelo de solicitud a utilizar es el siguiente: Modelo Solicitud Bono Social.

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